Artículo primero
DE LA NATURALEZA, IDENTIDAD Y FINES
La Real Cofradía de San Teotonio, fundada el 02 de
noviembre de 2000, bajo la protección real de Don Miguel de Braganza, duque de
Viseu, Infante de Portugal, es una organización secular de los fieles con fines
comunes, un grupo de hombres deseando voluntariamente para defender a los
orígenes y los valores cristianos, mantener y honrar el espíritu de y recordar
y promover la devoción a San Teotonio;
Ayuda en todo lo posible las obras de caridad y ayudar a
las diócesis de la Iglesia Universal;
Difusa los aspectos culturales e históricos que rodearon
la figura de San Teotonio (primero Portugués Santo);
Prestar ayuda y la ayuda mutua entre hermanos, en caso de
necesidad y con la discreción necesaria;
Relacionar entre sí los tenedores de títulos de nobleza,
los miembros de las cofradías, de las Órdenes Militares y de Caballería y
Nobiliario Corporaciones; esos distinguidos con órdenes y medallas de Mérito y
de encomio, civil y militar, y los Miembros de Academias e Institutos, Nacional
o Internacional.
Artículo segundo
DE LOS MIEMBROS
Cualquier persona puede unirse a que es mayor de edad y
tiene un interés en el desarrollo de los fines y que sean admitidos por el Gran
Prior.
Uno está obligado a presentar un certificado de bautismo o,
en su defecto, un certificado Parroquial puede tomar su lugar. En casos
excepcionales y basándose en su propio conocimiento, el Gran Prior o respectiva
Prior General puede excusar dicha presentación.
Uno todavía está obligado a presentar una petición
debidamente firmada de admisión con dos patrocinadores, Curriculum Vitae, una
fotografía de la igualdad de género, y copias de los documentos que se
consideren necesarias en apoyo de las declaraciones formuladas.
Es la responsabilidad de los respectivos Priores
Generales y / o Comandantes de proponer al Gran Prior de la Clase y categoría
en la que el solicitante vaya a ser admitido, sino que debe entregar los
documentos antes citados y estar en posesión de la totalidad de la Civil Derechos.
Los que no podrán ser admitidos quienes han incurrido
algunos pena canónica o latae sententiae
.
Artículo tercero
DE LAS CLASES DE MIEMBROS
La Real Cofradía de San Teotonio se establece con tres
clases de Cofrades , de la siguiente manera :
• Hermanos de Justicia (tenedores de título o títulos de
la nobleza)
• Hermanos de
Mérito
• Hermanos de Honor
Las Damas serán designados Hermanas Cofrades en clases
idénticas.
Las categorías establecidas en estas clases:
• Hermano Cofrade - Knight
• Hermano Cofrade - Comandante
• Hermano Cofrade - Gran Cruz
Artículo cuarto
DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
El Gran Prior es el delegado de toda la autoridad y el poder.
El órgano de gobierno es el Gran Priorato, presidido
obligatoriamente por el Gran Prior, que tendrá voto de calidad.
El Gran Priorato está compuesto por el Gran Prior, Vice
Gran Prior y Gran Canciller.
El órgano consultivo de la Gran Priorato, el Capitulo de
Priores Generales, podrá ser llamado cada vez que el Gran Priorato entiende.
Es competente para el Gran Prior de nombrar a los Priores
Generales, los sacerdotes y los comandantes, así como para crear Nacional o
Prioratos Internacionales.
Para la formación de un Priorato, debe haber un
Encomienda en funcionamiento con un mínimo de siete Cofrades.
Es competente todavía para el Gran Prior de nombrar comandantes,
así como para crear la respectiva Encomiendas, y decidir su eventual aprobación
de Prioratos.
Cada Priorato debe tener un capellán, competente para el
respectivo Antes de nominar.
El Gran Prior está nominado " VITAM AD " [a la vida].
A su muerte iba a ser reemplazado por el Vice Gran Prior o canciller, quien
subirá a la tarifa máxima, debe ser confirmada por el Protector Espiritual. El
nuevo Gran Prior se designe un nuevo Vice Gran Prior y el canciller.
Es condición imprescindible que el Gran Prior ser de
nacionalidad portuguesa.
Artículo quinto
DE LA PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE MIEMBRO
La calidad de Hermano o Hermana Cofrade se perderá :
• Por renuncia voluntaria.
• Por la conducta pública del Cofrade, que serán juzgados
por el Gran Prior
Como ser capaz de traer deshonor a la Real Cofradía del
Santo
Teotonio, o por acciones u ofensas contra otro Cofrade.
Artículo sexto
DE LOS DERECHOS
Es un derecho de todos los Cofrades para ver todas las
acciones de la Real Cofradía y usar el respectivo Insignia inherentes a su
clase y categoría , así como el manto capitular , u otro uniforme que se
establezcan para la regulación interna.
Artículo séptimo
DE LOS REQUISITOS
Se requiere de todos los Cofrades para cumplir con los
estatutos y reglamentos internos, así como los decretos emitidos por el Gran
Priorato o de sus respectivos Priores, en honor a las cuotas que se establezcan
y dar aportaciones máximas a la Real Cofradía de San Teotonio , busca difundir
los principios que llevaron a su fundación.
Cualquier contingencia no cubierta por la ley será
tratado en una reunión del Gran Priorato.
Artículo octavo
DE LAS FECHAS OFICIALES
Estas son las fechas oficiales de este Real Cofradía:
• Aniversario del Nacimiento de San Teotonio (fecha desconocida)
• Aniversario de la Muerte de San Teotonio - 18 de
febrero
• Aniversario de la Conferencia de Zamora 1123 - 04 de
octubre
• Aniversario de la Restauración - 01 de diciembre
Artículo noveno
DE LAS CEREMONIAS
Ellos deben, siempre que sea posible, se conmemoró con
una Celebración Eucarística, seguida de un almuerzo o cena de gala.
La ceremonia de recepción de nuevos Cofrades debe
llevarse a cabo después de la Santa Misa, siempre que sea posible y se regirán
por el reglamento interno.
Artículo 10 º
DE LOS investiduras
El Gran Prior es la única autoridad legítima para
invertir nuevos miembros, premiando a sus méritos, y el fomento de su promoción
en la clase y categoría.
Él será capaz de delegar sus prerrogativas, cuando las
circunstancias así lo aconseja él, al Vice Gran Prior o el Gran Canciller.
Artículo 11
DE LAS INSIGNIAS
La Insignia de la Real Cofradía de San Teotonio , por
excelencia, es un escudo oval de oro, dentro de un marco laureado en el centro
la figura de San Teotonio de la mano derecha de Don Afonso Henriques a quien ,
frente , él hace la genuflexión de la rodilla izquierda al suelo , bajo un
fondo de color azul . Arriba está el oro Corona Real portuguesa con una gorra
de color rojo.
Artículo 12
DEL LEMA
SURGE
REX MEUS, se erige Regnum TUUM
Artículo 13
DE LOS COLORES
Los colores son el azul y blanco de la primera bandera de
Portugal.
Artículo 14a
AUTORIDAD FINAL
La autoridad final - Para el Protector Espiritual, según
lo dispuesto en el Código de Derecho Canónico y en los presentes Estatutos,
pertenecen las siguientes facultades:
• El derecho a visitar e inspeccionar las actividades de
este Real Cofradía.
• La aprobación de las modificaciones estatutarias.
• La conformación y la indigencia del Gran Prior.
• La disolución de la Cofradía de conformidad con el
Código de Derecho Canónico.
• Todo lo demás que el derecho canónico atribuye a él.
***************************************
Confirmo como una organización secular de los fieles la
Real Cofradía
de San Teotonio , y , de acuerdo con el canon 314 del
Código de Derecho Canónico, que
APROBAR los presentes Estatutos por los que se dictó que
el Real Cofradía.
Exhorto a todos los miembros a cumplir con sus extremos
con la generosidad y el espíritu de fe, confiando en que esto va a contribuir
de forma eficiente a su formación cristiana y de acción apostólica.
Hecho en Lisboa el 7 º día del mes de mayo del año de la
gracia de
Nuestro Señor de 2005.
El Protector Espiritual
Dom Abílio Rodas de Sousa Ribas
Por la Gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica
Obispo de la Diócesis de Santo Tomé y Príncipe